Registro dominios internacionalesDominios: .com, .net, .org, .info (NUEVOS .abogado .actor .bingo .casino .catering .club .country .futbol .moda .ninja .pizza ETC.) 1.1. Un Registrante a Vencimiento ("RAE") se define como el titular del nombre registrado que es elegible para renovar un registro de nombre de dominio inmediatamente antes de su vencimiento. 1.2. Si un registro de nombre de dominio se modifica de conformidad con un término del contrato de registro que se autoriza la modificación de los datos de registro en relación con la expiración del registro, la RAE es la entidad o individuo identificado como el titular del nombre registrado inmediatamente antes de que la modificación. En todos los demás casos de transferencias de gTLD registros entre los solicitantes de registro, el titular del nombre registrado que recibe el registro es la RAE. Renovación de Registros 2.1. Avisos de recordatorio de vencimiento 2.1.1. Antes de la expiración de cualquier gTLD registro, registradores deben notificar al titular del nombre registrado de la caducidad por lo menos dos veces. Uno de estos avisos deben ser enviados aproximadamente un mes antes de su vencimiento y hay que ser enviados aproximadamente una semana antes del vencimiento. En el caso de que el registro se transfiere a un titular del nombre registrado diferente en virtud de una disposición del acuerdo de registro y en relación con la expiración del registro (como se describe en el apartado 1.2), estos avisos de renovación deben ser transmitidos en cambio a la RAE. Nada en esta política se pretende excluir los registradores de la transmisión de los anuncios adicionales, siempre que al menos dos avisos requeridos son enviados en los tiempos requeridos. 2.1.2. Si un registro no se renueva por la RAE o eliminado por el registrador, dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del registro, el registrador debe transmitir al menos un aviso de caducidad adicional a la RAE que incluye instrucciones para la renovación del registro. 2.1.3. Notificaciones de caducidad se pueden presentar en una o más lenguas, pero se deben proporcionar en el idioma del acuerdo de registro y deben ser comunicados de una manera, como por correo electrónico, que no requiere la acción afirmativa para recibir la notificación. 2.2. Renovación Post Vencimiento 2.2.1. Con sujeción a las políticas y disposiciones del Acuerdo de Acreditación de Registradores ("consenso aplicables RAA "), los registradores pueden eliminar registros en cualquier momento después de que caduquen. 2.2.2. Para registros borrados dentro de los ocho días de caducidad: La existente DNS ruta resolución especificada por la RAE debe ser interrumpido por el registrador de vencimiento del registro hasta su eliminación, en la medida de los permisos de registro aplicables dichas interrupciones. 2.2.3. Para registros borrados ocho o más días después del vencimiento: Durante al menos los últimos ocho días consecutivos (después del vencimiento) que el registro es renovable por la RAE, el vigente DNS ruta resolución especificada por la RAE debe ser interrumpido por el registrador en la medida en que el registro aplicable permite dichas interrupciones. 2.2.4. En interrumpir el DNS ruta resolución de la inscripción, si el registrador dirige el tráfico web para el nombre de dominio a una página web, mientras que el registro sigue siendo renovable por la RAE, la página web debe indicar visiblemente que ha caducado el registro del nombre de dominio y proporcionar renovación instrucciones. 2.2.5. Comenzando en el momento de vencimiento y por el DNS periodo de interrupción de resolución descrito en los apartados 2.2.2 y 2.2.3, la RAE debe ser permitido por el registrador de renovar la matrícula vencida. 2.2.6. Tras la renovación de la inscripción por la RAE, el registrador debe restaurar el DNS ruta resolución establecida por la RAE inmediatamente o tan pronto como sea comercialmente razonable. Redención Período de Gracia 3.1. Con la excepción del patrocinados gTLD registros, todos los gTLD registros deben ofrecer una redención Período de gracia (" RGP ") de los 30 días inmediatamente después de la eliminación de un registro, tiempo durante el cual el registro borrado se puede restaurar a petición de la RAE por la registrador que lo borró. Los registros borrados durante el período de complemento gracia de un registro, en su caso, no debe ser objeto de la RGP . 3.2. Durante el Período de Gracia Redención, el registro debe desactivar DNS resolución y prohibir los intentos de las transferencias de la inscripción. ICANN : aprobado transferencias masivas y permitió las transferencias masivas parciales no están sujetos a la prohibición de los intentos de las transferencias. El registro también debe indicar claramente en su resultado Whois para el registro que se encuentra en su período de gracia Redención. 3.3. Los registradores deben permitir la RAE para canjear un registro borrado durante RGP (si RGP es ofrecido por el respectivo registro). Aviso a los solicitantes de registro de Tasas y Procedimientos 4.1. Los registradores deben tomar sus tasas de renovación, las tasas de renovación después de la caducidad (si es diferente), y la redención / restauración honorarios razonablemente disponibles para los titulares de nombres registrados y los titulares de nombres registrados potenciales en el momento del registro de un gTLD nombre. 4.1.1. Como mínimo, estos honorarios deben estar claramente muestran en el sitio web del registrador y un enlace a estos cargos deben ser incluidos en los acuerdos de registro del registrador. Registradores que no ofrecen o prestan servicios de registro a través de un sitio web debe al menos incluir los honorarios de sus acuerdos de registro. 4.1.2. Además, los registradores deben asegurarse de que estas tarifas se muestran en los sitios web de sus revendedores. 4.2. Los registradores deben describir en sus sitios web (si se utiliza) los métodos utilizados para entregar notificaciones previas y posteriores de vencimiento descritas en el apartado 2 anterior. 4.2.1. Esta descripción general debe incluir canales / medios de comunicación que se utilizarán y la identificación del punto de contacto a la que se transmiten los avisos (por ejemplo, el correo electrónico al titular del nombre registrado, llamada telefónica al contacto administrativo, correo postal a los clientes, etc.) . 4.2.2. Acuerdos de registro registradores deben incluir ya sea una descripción similar de sus métodos de notificación o un enlace a la página correspondiente (s) en su sitio web donde está disponible esta información. 4.2.3. Además, los registradores deben asegurarse de que estos métodos de comunicación se describen en los sitios web de sus revendedores. 4.3. En el caso de la ICANN publica materiales educativos registrante que abordan la administración adecuada de los nombres de dominio y la renovación y la redención de gTLD registros en línea, los registradores deben, después de un aviso razonable de ICANN , hacen de este material (o material similar adaptado por el registrador a sus prácticas específicas) a disposición los titulares de nombres registrados por: 4.3.1. incluyendo un enlace a este material en una comunicación enviada al titular del nombre inscripto inmediatamente después de la finalización de la operación de registro y en todos los recordatorios posteriores Whois precisión de datos, como los avisos anuales requeridos por la Política de Recordatorio de datos Whois < http: // www .icann.org / resources / registradores / consenso-políticas / WDRP >; y 4.3.2. mostrar un enlace a este material en los sitios web a través del cual se ofrecen registros, en la forma y lugar que sea al menos tan clara y visible como enlaces a otros documentos y políticas que deben ser enviados por el registrador en virtud de su acuerdo de acreditación de registradores e incorporadas políticas de consenso. Notas Introducción y antecedentes: A petición de ICANN At-Large Comité Asesor, el 5 de diciembre de 2008, 's ICANN publicó un Informe de problemas < http://gnso.icann.org/issues/post-expiration-recovery/report-05dec08. pdf > [PDF, 422 KB] sobre el tema de después del vencimiento de nombres de dominio de recuperación. Los Apoyo para Nombres Genéricos Consejo Organización (" GNSO ") inició un Proceso de Desarrollo de Políticas en mayo de 2009, que dio lugar a la presentación de una serie de recomendaciones políticas y procesos < http://gnso.icann.org/en/resolutions/#201107 > para la ICANN Consejo de Administración. La ICANN Junta aprobó las recomendaciones el 28 octubre 2011 < http://www.icann.org/en/groups/board/documents/resolutions-28oct11-en.htm#1.5 >, dirigir el personal para implementar esta política. La Política de Recuperación de Registro caducado pretende ayudar a alinear las expectativas registrante con prácticas registrador mediante el establecimiento de una serie de requisitos mínimos de comunicación, por lo que la renovación y la redención de los registros disponibles de manera uniforme en circunstancias prescritas, ya través de la creación y promoción de materiales educativos registrante. La Política de Recuperación de Registro caducado se ha desarrollado en consulta con un equipo de Revisión de la Implementación convocada por la GNSO para asegurar que la política se encuentra con la letra y el espíritu de las recomendaciones de política aprobados por la GNSO y adoptadas por la ICANN Junta. Se requiere que todos los registradores y los registros para cumplir con esta política a partir de 31 de agosto 2013 . Avisos de recordatorio de vencimiento: Las recomendaciones de política por parte de la GNSO reconocen que es necesaria cierta flexibilidad en el calendario de avisos de renovación antes del vencimiento. Como tal, si los avisos necesarios para ser enviados aproximadamente un mes y una semana antes de la expiración se describe en el párrafo 2.1.1 se transmiten entre 26 a 35 días y entre 4-10 días antes de la expiración, respectivamente, esta se considerarán conformes con la la política. Renovación Post Vencimiento: El apartado 2.2.4 de la política explica que los registradores deben incluir un aviso de caducidad e instrucciones de renovación si el registrador dirige el tráfico web para el nombre de dominio a una página web, si bien es renovable por la RAE. Para ser claros, este requisito se aplica en cualquier momento durante el cual el registro es renovable por la RAE, no sólo durante el período descrito en los apartados 2.2.2 y 2.2.3. Las instrucciones de renovación requeridas por esta sección no tiene que ser elaborado y podrían simplemente dirigir la RAE en el lugar apropiado en el sitio web del registrador. El apartado 2.2.2 describe el tiempo durante el cual un registrador debe interrumpir el DNS ruta resolución de un registro si el registro se elimina dentro de los ocho días de su vencimiento. A modo de ejemplo, si un registro expira el 1 de octubre, y el registrador elimina el nombre el 3 de octubre, el camino de resolución debe ser interrumpido 1-3 octubre. El apartado 2.2.3 describe el tiempo durante el cual un registrador debe interrumpir el DNS ruta resolución de un registro si el registro se elimina más de ocho días después de su expiración. Por ejemplo, si un registro expira el 1 de octubre, y el registrador elimina el nombre el 20 de octubre, el camino de resolución debe ser interrumpido, como mínimo, 12 a 20 de Octubre. El párrafo 2.2.6 requiere que los registradores restaurar el DNS resolución ruta establecida previamente por la RAE de inmediato o dentro de un período de tiempo comercialmente razonable. El término "comercialmente razonable" se pretende en este caso para permitir, por ejemplo, para situaciones en las que se requiere la intervención manual para restaurar el DNS ruta resolución o cuando un registrador no puede restaurar de inmediato el DNS ruta resolución porque la renovación después de la expiración se produjo el un día de fiesta u otro día inhábil. Aviso a los solicitantes de registro de Tasas y Procedimientos: El apartado 4.1.1 de la política requiere que los registradores de, como mínimo, incluye las tasas de renovación, las tasas de renovación después de la expiración (si es diferente), y la redención / restauración honorarios en el acuerdo de registro (y en su sitios web, si se utiliza un sitio web). Los registradores son, sin embargo, anima a presentar estos cargos de una manera suficientemente prominente en el momento de la inscripción para ayudar a los solicitantes de registro tomar una decisión informada y evitar la confusión, sobre todo si los precios de renovación se prevé que ser mayor que la cuota de inscripción o transferencia está cargando. Sugerida Mejores Prácticas: La GNSO recomienda las siguientes mejores prácticas para los registradores: Si las notificaciones posteriores a la expiración descritos en el apartado 2.1.2 se envían normalmente a un punto de contacto con el dominio en cuestión, y la entrega es conocido por haber sido interrumpido por las acciones posteriores a la expiración (como una interrupción de DNS de resolución, tal como se describe en los apartados 2.2.2 y 2.2.3), las notificaciones posteriores a la caducidad se deben enviar a algún otro punto de contacto asociada con el titular del nombre registrado, si existiera. Los registradores deben aconsejar a los titulares de nombres registrados para proporcionar un punto de contacto de correo electrónico secundaria que no está asociado con el propio nombre de dominio para que en caso de caducidad, recordatorios pueden ser entregados a este punto correo electrónico secundaria de contacto. La explicación método de notificación requerida en el párrafo 4.2 debe incluir la dirección de correo electrónico del registrador de la que se envían mensajes de notificación y una sugerencia de que los titulares de nombres registrados guardar esta dirección de correo electrónico como "remitentes seguros" para evitar los mensajes de notificación está bloqueando los comandos por el software de filtro de correo no deseado. La hora de entrada en del Cumplimiento: Todo ICANN acreditado por los registradores y gTLD registros debe entrar en el cumplimiento de la ERRP el 31 de agosto de 2013. Sección 2.1 de la política requiere registradores de enviar notificaciones previas a la caducidad de todos los gTLD registrantes. Se espera que los Registradores para empezar a ofrecer estos avisos el 31 de agosto, de acuerdo con el calendario establecido en la ERRP. En otras palabras, si un registro expira en menos de 30 días después del 31 de agosto de 2013, el registrador no está obligado a enviar el recordatorio de un mes antes de la expiración. Del mismo modo, si un registro expira en menos de 7 días después del 31 de agosto, el registrador no está obligado a enviar el recordatorio de una semana antes de la expiración. Los registradores son, sin embargo, aún se requiere de conformidad con la Sección 3.7.5 del Acuerdo de Acreditación de Registradores de enviar dos recordatorios de vencimiento para todos los registros que expiran, incluso aquellos que vencen en menos de un mes más o menos de una semana después de la implementación de la ERRP. Por favor, consulte la tabla a continuación para una aclaración. |
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